Programa PREE 5000 en Castilla y Léon

09/03/2022

El plazo de presentación de solicitudes comienza el 15 de marzo de 2022 y concluirá el 31 de diciembre de 2023.

ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA POR LA QUE SE CONVOCAN EN CASTILLA Y LEÓN SUBVENCIONES EN EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE REHABILITACIÓN ENERGÉTICA PARA EDIFICIOS EXISTENTES EN MUNICIPIOS DE RETO DEMOGRÁFICO (PROGRAMA PREE 5000), INCLUIDO EN EL PROGRAMA DE REGENERACIÓN Y RETO DEMOGRÁFICO DEL PLAN DE REHABILITACIÓN Y REGENERACIÓN URBANA DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.

 

Presupuesto disponible

Total inicial de 6.125.000 €, que podrá ser ampliado en otros 4.375.000 €, incluidos en la comunicación de crédito asignado a la comunidad autónoma por parte de IDAE.

 

Actuación subvencionable

Las actuaciones deberán llevarse a cabo sobre edificios situados en municipios de reto demográfico del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León,

 

En la web www.energia.jcyl.es se publicará, con carácter informativo, un listado de los municipios donde podrán realizarse las inversiones subvencionables correspondientes.

 

Se consideran subvencionables las actuaciones sobre edificios completos y sobre una o varias viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente, o sobre partes de un edificio, lo que, de acuerdo con el art. 17.5 del RD 691/2021, de 3 de agosto, se denomina “Opción B”.

 

Las ayudas se destinarán a actuaciones en edificios existentes, de uno o varios de los siguientes usos:

 

a) Edificios de vivienda unifamiliar;

b) Edificios de tipología residencial colectiva de vivienda;

c) Edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.) de los regulados por el artículo 2.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).

 

No serán actuaciones subvencionables las realizadas en edificios de nueva construcción, las que supongan una ampliación que incremente superficie o volumen construido, ni las que conlleven un cambio de uso de edificio.

 

Dado el carácter incentivador de las ayudas, solo se subvencionarán actuaciones iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda.

 

Todas las actuaciones subvencionables deberán respetar el principio DNSH (no causar un perjuicio significativo al medioambiente) y etiquetado climático, en los términos y condiciones que establece el RD 691/2021, de 3 de agosto.

 

Plazo de ejecución de las actuaciones

El plazo máximo para la conclusión de las actuaciones objeto de ayuda será de dieciocho meses desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión de la ayuda.

 

Solicitud: Forma, lugar y plazo de presentación

Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma telemática en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León — www.tramitacastillayleon.jcyl.es —, utilizando el identificador BDNS de esta convocatoria para acceder a la página web correspondiente, o bien desde la web www.energia.jcyl.es, apartado de subvenciones.

 

El plazo de presentación de solicitudes comienza a partir de las 10:00 horas del martes 15 de marzo de 2022. Concluirá en todo caso a la finalización de la vigencia del programa prevista en el RD 691/2021, de 3 de agosto, que según su redacción inicial es el 31 de diciembre de 2023, momento a partir del cual no serán admitidas más solicitudes.

 

Más información:

https://bocyl.jcyl.es/boletines/2022/03/09/pdf/BOCYL-D-09032022-11.pdf