Se publica el Reglamento de Productos de la Construcción

05/04/2011

Se publica en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), de fecha 04 de abril de 2011, el Reglamento de Productos de la Construcción

Se publica el Reglamento (UE) número 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo.

El Reglamento fija condiciones para la introducción en el mercado o comercialización de los productos de construcción estableciendo reglas armonizadas sobre como expresar las prestaciones de los productos de construcción en relación con sus características esenciales y sobre el uso del marcado CE en dichos productos.

El artículo 65 del Reglamento establece que queda derogada la Directiva 89/106/CEE. Asimismo indica que se considerarán conformes los productos de construcción introducidos en el mercado de conformidad con la Directiva 89/106/CEE antes del 1 de julio de 2013.

El Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, es decir el 24 de abril de 2011. No obstante, los artículos 3 a 28, los artículos 36 a 38, los artículos 56 a 63 y los artículos 65 y 66, así como los anexos I, II, III y V, serán aplicables a partir del 1 de julio de 2013.

 

DOUE (04-04-2011). Reglamento de Productos de Construcción