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Fondos Next Generation en Galicia

Publicación de las convocatorias de los programas 3 (edificios) y 5 (elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación) en Galicia.

 

RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2022 por la que se convoca el Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para el año 2022, con carácter plurianual (código de procedimiento VI406F)

 

Crédito presupuestario

Las ayudas previstas en esta convocatoria se harán efectivas con cargo a las aplicaciones presupuestarias 08.81.451A.780.8 y 08.81.451A.770.8, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia, por los importes de 4.577.233 y 508.581,00 euros para la anualidad 2022, 9.000.000,00 y 1.000.000,00 euros para la anualidad de 2023, 6.300.000,00 y 700.000,00 euros para la anualidad 2024 y 709.208 y 78.800,00 euros para la anualidad 2025, respectivamente.

 

Actuaciones subvencionables

De conformidad con lo establecido en el artículo 33 del Real decreto 853/2021, de 5 de octubre, son actuaciones subvencionables las de mejora o rehabilitación que se realicen en viviendas unifamiliares o en edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo sus viviendas. Dichas actuaciones deben cumplir los siguientes requisitos:

 

a) Conseguir una reducción de, por lo menos, un 30 % en el indicador de consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética, y, además, una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de la vivienda unifamiliar o del edificio de, por lo menos, un 35 % si están situados en zonas climáticas D y E o de un 25 % si están situados en zona climática C.

b) Cumplir con la normativa vigente que les sea de aplicación, así como contar con las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas en caso de que éstas las requieran.

 

Coste subvencionable y cuantía de las ayudas

De conformidad con el artículo 34 del Real decreto 853/2021, de 5 de octubre, la cuantía máxima de la subvención a conceder por edificio se determinará atendiendo al coste total de las actuaciones a desarrollar en funciónd el ahorro energético conseguido con la actuación.  En el apartado secto de la resolución se incluyen los requisitos de la Ayuda adicional por vulnerabilidad económica.

 

Plazo de presentación de solicitudes

Las ayudas previstas en esta convocatoria se podrán solicitar desde el 17 de mayo hasta el 30 de noviembre de 2022, excepto que, con anterioridad, se hubiese agotado el crédito presupuestario, lo que será objeto de publicación en el DOG y en la página web del IGVS mediante resolución dictada por la persona titular de la Dirección General del IGVS.

 

Solicitudes

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.

 

Cesión del derecho de cobro

Las personas y las entidades beneficiarias podrán ceder el derecho de cobro de su subvención a la persona contratista de las obras objeto de esta ayuda, o al agente o gestor de la rehabilitación, en su caso.

 

Más información: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2022/20220516/AnuncioC3Q2-060522-0003_es.html

 

RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2022 por la que se convoca el Programa de ayudas a la elaboración del Libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para el año 2022, con carácter plurianual (código de procedimiento VI406G).

Crédito presupuestario

Las ayudas previstas en esta convocatoria se harán efectivas con cargo a las aplicaciones presupuestarias 08.81.451A.770.8 e 08.81.451A.780.8 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia, por los importes de 70.000 y 677.914 euros para la anualidad 2022 y 100.000 y 400.000 euros para la anualidad 2023, respectivamente, procedentes todos ellos del Mecanismo de recuperación y resiliencia de la UE en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

 

Actuaciones subvencionables

a) La emisión del libro del edificio existente para la rehabilitación (línea A).

b) La redacción de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios (línea B).

Las actuaciones no podrán estar iniciadas antes del 1 de febrero de 2020.

 

Requisitos de los edificios objeto de las actuaciones subvencionables

Los edificios objeto de las actuaciones subvencionables a través de este programa deberán cumplir los siguientes requisitos:

 

a) Estar rematados antes del año 2000.

b) Que por lo menos el 50 % de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda.

Los dos requisitos antes citados se podrán acreditar mediante escritura, nota simple registral o consulta descriptiva y gráfica de los datos catastrales.

 

Plazo de presentación de solicitudes

Las ayudas previstas en esta convocatoria se podrán solicitar desde el 17 de mayo hasta el 30 de noviembre de 2022, excepto que, con anterioridad, se hubiera agotado el crédito presupuestario, lo que será objeto de publicación en el DOG y en la página web del IGVS mediante resolución dictada por la persona titular de la Dirección General del IGVS.

 

Solicitudes

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

 

Más información: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2022/20220516/AnuncioC3Q2-060522-0001_es.html

 

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