Novedades

Programa PREE 5000 en Madrid

EXTRACTO de la Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, por la que se convoca la concesión de ayudas del Programa de Rehabilitación Energética para Edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de Regeneración y Reto Demográfico del Plan de Rehabilitación y Regeneración Urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

 

Actuaciones subvencionables

Las actuaciones subvencionables tendrán que realizarse, necesariamente, en edificios, viviendas o locales que se encuentren ubicados en la Comunidad de Madrid, en cualquiera de los municipios de reto demográfico.

 

En todas las solicitudes de ayudas, las actuaciones tendrán que conseguir y justificar una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30 % con respecto a la situación de partida, lo que se justificará mediante el certificado de eficiencia energética del edificio, vivienda o local existente en su estado actual y el certificado de eficiencia energética del mismo alcanzado tras la reforma.

 

Las ayudas se destinarán a una de las siguientes opciones:

 

A) Actuaciones realizadas en edificios completos existentes de uno o varios de los siguientes usos:

  • Edificios de vivienda unifamiliar.
  • Edificios de tipología residencial colectiva de vivienda.
  • Edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.) de los regulados por el artículo 2.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).

B) Actuaciones realizadas en una o varias viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente o como partes de un edificio.

 

Dotación de la convocatoria

El importe máximo destinado a la concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria es de 1.014.610 euros y se realizará con cargo al presupuesto destinado a la Comunidad de Madrid para la ejecución del Programa PREE 5000. El presupuesto máximo destinado a la Opción B), no podrá superar el 50% de la dotación presupuestaria asignada a la Comunidad de Madrid.

 

Plazo de solicitudes

Las solicitudes de ayuda correspondientes podrán cursarse desde las 12:00 h del 28 de marzo de 2022 hasta la finalización de vigencia del plan.

 

Más información:

https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/03/18/BOCM-20220318-13.PDF

 

Iniciar Sesión