Las actuaciones subvencionables deberán realizarse:
– En edificios completos que tengan los usos de vivienda unifamiliar o en edificios de tipología residencial colectiva de vivienda (opción A).
– En una o varias viviendas o locales del edificio, consideradas individualmente o sobre partes de un edificio (opción B).
Las ayudas previstas en esta convocatoria se podrán solicitar desde el día 2 de enero hasta el 31 de julio de 2021.
Las ayudas previstas se harán efectivas con cargo a la aplicación presupuestaria 08.81.451A.780.1, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia, por importe de 5.500.000 euros para la anualidad 2021, 9.499.999 euros para la anualidad 2022 y 1.938.443 euros para la anualidad 2023.
Para el otorgamiento de las ayudas deben cumplirse, además, los siguientes requisitos:
a) Que el edificio fuera construido con anterioridad a 2007.
b) Que por lo menos un 70 % de la superficie construida sobre rasante del edificio esté destinada a uso residencial. En este caso, la cuantía de la ayuda se aplicará como uso vivienda a toda la superficie sobre la que se actúe, con independencia de que el uso no sea en su totalidad como vivienda.
Más información:
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2020/20201106/AnuncioC3Q2-291020-0002_es.html