Según la información publicada en la página Web del Plan Renove de Ventanas de Castilla-La Mancha el saldo del Plan está agotado provisionalmente.
Más información: http://planrenove.castillalamancha.es/PlanRenove/
Información del Plan
Se ha publicado en el Diario Oficial de Castilla La Mancha la Resolución de 29/08/2018, de la Dirección General de Industria, Energía y Minería, por la que se convocan para 2018, los programas de ayudas para la sustitución de ventanas.
El programa objeto de las ayudas se destina a la sustitución de ventanas para personas físicas, dirigido a la sustitución de estas por otras de mayor eficiencia energética. Son beneficiarios de las ayudas las personas físicas que realicen las actuaciones subvencionables en viviendas sitas en Castilla-La Mancha.
La dotación de las ayudas es de 200.000 euros (100.000 euros para la anualidad 2018 y 100.000 euros para la anualidad 2019). El crédito disponible podrá incrementarse en una cuantía adicional de 658.000 € en la anualidad de 2019.
Cuantía de las ayudas
La cuantía de la ayuda individual para cada tipo de actuación subvencionable será la siguiente: 110 €/m2 para sustitución de ventanas en su conjunto (cristales y marcos) e instalación de dobles ventanas (cristales y marcos) y 24 €/m2 en caso de que la sustitución sea sólo de los cristales; con el límite, en todo caso, del 35% del coste de la actividad subvencionada, y un máximo de 3.000 euros, por beneficiario y vivienda.
Plazo de presentación de las solicitudes
Desde el día 08/09/2018 al 01/06/2019.
Actuaciones y costes subvencionables
Se consideran actuaciones susceptibles de ayuda las siguientes:
- a) La sustitución de ventanas en su conjunto (marco y acristalamiento).
- b) La instalación de dobles ventanas, considerando como tal los casos en los que ya exista una ventana, que no se modifique, y se añada una nueva ventana exterior (marco y acristalamiento).
- c) La sola sustitución de cristales.
Será considerado como coste subvencionable, el precio de las nuevas ventanas o acristalamientos, así como el coste de su instalación (mano de obra), IVA incluido.
No se consideraran como costes subvencionables los siguientes:
- a) Las mosquiteras y las persianas, que en su caso, puedan acompañar a las ventanas que se instalen.
- b) Los cerramientos acristalados de terrazas, tendederos o similares cuya instalación sea nueva y no se realice en sustitución de alguno existente.