La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones será de 921.739,00 euros, considerándose como actuaciones susceptibles de ayuda:
- La sustitución de ventanas en su conjunto (marco y acristalamiento).
- La instalación de dobles ventanas, considerando como tal los casos en los que ya exista una ventana, que no se modifique, y se añada una nueva ventana exterior.
- La sola sustitución de cristales.
Requisitos y condiciones:
- Las actividades en cuestión deberán llevarse a cabo en viviendas particulares, establecimientos o locales destinados a actividades económicas pertenecientes al sector terciario, o edificios públicos, sitos en el territorio de Castilla-La Mancha.
- Los cerramientos en cuestión deberán encontrarse en un recinto habitable, en contacto con el exterior o con un espacio común no habitable.
- La actuación subvencionada habrá de conllevar, necesariamente, un ahorro energético cuantificable.
- Las ventanas a instalar, objeto de ayuda, deberán disponer del correspondiente marcado CE de la carpintería.
- Tratándose de carpintería metálica, las nuevas ventanas deberán disponer de rotura de puente térmico.
- En los casos de que la sustitución afecte únicamente a los cristales, el nuevo cerramiento deberá consistir en doble acristalamiento de aislamiento térmico reforzado de baja emisividad.
- En función de la zona climática dominante, deberán cumplirse, en todo caso, las siguientes condiciones de transmitancia térmica para los huecos (U HH) y factor solar modificado del hueco (Fs modif.):
Para edificios de uso residencial o de baja carga interna de hasta 40 % de hueco en fachada:
- UH ? 2,4 W/m m2 K y Fs modif. ? 0,40, para viviendas sitas en municipios pertenecientes a la provincia de Toledo.
- UH ? 2,2 W/m m2 K y Fs modif. sin restricción, para viviendas sitas en municipios correspondientes a las provincias de Albacete, Ciudad
Cuantía de la ayuda
- Para viviendas particulares.- 110 €/m m2 para sustitución de ventanas (cristales y marcos) e instalación de dobles ventanas, y 24 €/m m2 en caso de que la sustitución sea solo de los cristales; con un límite de 3.000 euros por vivienda.
- Para establecimientos destinados al desarrollo de actividades económicas del sector terciario y edificios públicos.- 100 €/m m2 para sustitución de ventanas (cristales y marcos) e instalación de dobles ventanas, y 20 €/m m2 en caso de que la sustitución afecte únicamente a los cristales; con un límite de 6.000 euros por establecimiento del sector terciario y 10.000 euros por edificio público.