Programa Renove Rehabilitación eficiente de Viviendas y Edificios en el País Vasco

05/02/2015

Nuevo Programa Renove Rehabilitación eficiente de Viviendas y Edificios, para la elaboración de Proyectos de Intervención en el Patrimonio Edificado, de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la ejecución de las obras derivadas

El 26 de diciembre de 2014 se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco la  ORDEN de 17 de diciembre de 2014, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se regula la convocatoria correspondiente al 2015 del Programa Renove Rehabilitación eficiente de Viviendas y Edificios, para la elaboración de Proyectos de Intervención en el Patrimonio Edificado, de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la ejecución de las obras derivadas de los mismos

Las actuaciones propuestas en dichos proyectos de intervención estarán destinadas a inter­venir en edificios o conjunto de edificios plurifamiliares cuyo uso principal sea de vivienda estando agrupados hasta configurar bloques o manzanas edificatorias que incluyan al menos un lado de la misma y cuya fecha de construcción sea anterior a 1980 y ya dispongan de adecuación urbanística y estructural en los términos del Decreto 317/2002, de 30 de diciembre.

Se consideran, entre otras medidas subvencionables, la mejora del comportamiento energético del edificio para alcanzar tras la reforma, al menos, una certificación energética C, según el procedimiento definido en el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, incorporando actuaciones del tipo: actuaciones pasivas sobre la envolvente de los edificios reduciendo, en al menos, un 30% la demanda energética anual de calefacción para evitar pérdidas innecesarias de la propia energía suministrada.

Serán beneficiarios de estas ayudas las Comunidades de Propietarios que pertenezcan al ámbito de las propuestas de intervención planteadas y que realicen las actuaciones objeto de la subvención. Asimismo, podrán ser beneficiarios de las ayudas los Ayuntamientos, Entidades Locales Menores, Sociedades Públicas de Vivienda y Promotores Públicos de Viviendas siempre y cuando sean estos los propietarios total o parcialmente de los edificios incluidos en el ámbito de las actuaciones y cuyo objeto sea el del arrendamiento.

Las peticiones serán presentadas en un plazo de tres meses desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco, por lo tanto hasta el 27 de marzo de 2015.

Para la concesión de las referidas ayudas se destinará un total de 5.500.000 euros de acuerdo con el siguiente desglose:

  • Año 2015: 100.000 euros
  • Año 2016: 1.800.000 euros
  • Año 2017: 1.800.000 euros
  • Año 2018: 1.800.000 euros

El presente programa de ayudas está cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, Feder. Por lo que los proyectos de intervención que se acojan al presente programa de ayudas quedarán sometidos a lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y Consejo de 17 de diciembre de 2013 (DOUE L347/320ES, de 20-12-2013). La contribución del Feder supondrá el 50 por ciento del importe subvencionado por el Gobierno Vasco.

Para la ejecución de las obras, se concederá el 50% del presupuesto presentado de contrata (impuestos excluidos) de las actuaciones subvencionables. Para actuaciones incluidas en Áreas de Rehabilitación Integrada o en Áreas Residenciales Degradadas la cuantía ascenderá al 60% del presupuesto de contrata (impuestos excluidos) de las actuaciones subvencionadas.

Las actuaciones objeto de la ayuda deberán iniciarse en el ejercicio 2015 y estar concluidas antes del 31 de julio de 2018 certificándose este extremo con el acta de recepción de las obras o certificación oficial de terminación de obras.

Se adjunta el texto del BOPV con toda la información sobre Programa: Nº 246 – Boletín Oficial del País Vasco (26.12.2014)